Análisis de los criterios para proteger la vida acuática: el río Sonora después del derrame minero de 2014.:
Creators
- 1. El Colegio de Sonora.
- 2. Universidad Estatal de Sonora.
Description
Cuando los sistemas de agua se contaminan, la seguridad hidrica se ve seriamente amenazada. Un caso reciente es el derrame de 40,000 metros cubicos de lixiviado acido vertidos al rio Sonora, Mexico, el 6 de agosto del 2014. Lamentablemente, los estudios acerca de los ecosistemas acuaticos despues de este evento son numericamente limitados. De esta insuficiencia de investigaciones se desprende el objetivo de analizar los casos de muestreos de calidad de agua superficial que cumplan o esten fuera de los criterios de proteccion a la vida acuatica de acuerdo con los registros de la base de datos del monitoreo del Fideicomiso Rio Sonora. Para lograr esto, se realizo una revision de la literatura sobre la calidad del agua en el rio Sonora. Aunque desde el 2012 existe una norma mexicana para el caudal ecologico, esta es de caracter voluntario y ademas no presenta una guia detallada respecto de la calidad de agua necesaria para la proteccion a la vida acuatica. Puesto que en la Ley Federal de Derechos. Disposiciones Aplicables en Materia de Aguas Nacionales si se especifican estos valores, acudimos a esta para comparar los registros de los muestreos de agua superficial para los 38 sitios observados durante el periodo agosto 2014-septiembre 2015. Con dicha informacion se constituyo una base de datos de la cual se obtuvieron frecuencias por mes y por sitio para cada uno de los parametros de estudio. Finalmente se mapearon los sitios de muestreo con la frecuencia obtenida durante el periodo estudiado. Entre los resultados, en primer lugar senalamos que en la base de datos se encontro una nomenclatura: NE (analisis no efectuado), cuyo significado e implicaciones no se especifican en la pagina del Fideicomiso. En el trabajo tambien se indica que en dicha ley existen dos conjuntos de criterios de calidad de agua: los lineamientos para determinar a que usuario se puede exceptuar del pago de derechos de agua nacionales, y los limites maximos permisibles, que senalan los valores para exceptuar la obligacion del pago de derecho de las descargas de aguas residuales. Los umbrales de los lineamientos son mas rigurosos que los limites maximos y por esta razon existe un numero considerablemente mayor de casos que exceden el criterio de estos, en comparacion con los limites maximos permisibles. Aun con la relevancia que puedan tener estos hallazgos para el diseno de una adecuada proteccion a la vida acuatica, este ejercicio academico tiene sus limites, ya que los criterios de calidad del agua de la citada ley tienen un objetivo eminentemente recaudador.
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Publication Details
Journal article
Persistent Identifiers
MAGID
2803420376
DOI
10.29104/phi-2018-aqualac-v10-n1-07
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