El agua, el ingreso y la pobreza:
- 1. Universidad de las Américas Puebla
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El acceso al agua potable no solo depende de la condicion geografica o de desarrollo del lugar donde se habite, sino que tambien depende tambien del nivel de ingresos. La pobreza afecta negativamente el acceso al agua potable, se habite en una ciudad o en una zona rural. Asi lo han reconocido las Naciones Unidas en la definicion del Derecho Humano al Agua, de aqui la importancia de conocer los ingresos por deciles y confrontarlos con las tarifas de agua, para establecer los criterios que permitan a los estratos mas pobres tener acceso al agua potable. La politica economica actual del pais y los bajos ingresos que percibe la mayoria de la poblacion hacen que para muchos cada dia sea mas dificil tener acceso al agua potable. Es importante conocer los ingresos de los diferentes deciles de la poblacion y compararlos con las tarifas de agua para establecer una politica publica basada en la justicia social, que permita establecer un pago asequible por el agua de acuerdo a los ingresos de la poblacion, privilegiando a los que menos tienen, bajo el marco establecido por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU. Para tal efecto se hizo uso de los datos estadisticos del Instituto Nacional de Estadistica Geografia e Informatica y del Consejo Nacional de Evaluacion de la Politica de Desarrollo Social, del Dictamen 142 del H. Congreso del Estado de Puebla (Municipal 2014) y del Plan Municipal de Desarrollo del Municipio de Puebla. La investigacion mostro que el cobro del agua no es homogeneo en todos los deciles, asi en los deciles I, VI, VII, VIII y IX la tarifa del agua esta siempre por encima del limite recomendado por la ONU, situacion agravante para el decil I, que es el de menores ingresos (2,572.00 $/mes-hogar). Para alcanzar el criterio de asequibilidad del derecho humano al agua, asi como por justicia social, es necesario establecer subsidios cruzados, aumentar el costo de los servicios de agua a los deciles IX y X que son los de mayores ingresos para subsidiar a los deciles I, II, III, y IV, ademas de replantear la tarifa del servicio de agua a los deciles V y VII.
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DOI
10.29104/phi-2018-aqualac-v10-n1-09
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MAGID
2803311058